¿Debo pasar la ITV en un vehículo de renting?

En el caso de que contrates un vehículo de renting nuevo no te preocupes por la ITV hasta el cuarto año de contrato.

En España, un vehículo nuevo está exento de pasar la inspección técnica de vehículos (ITV) durante los cuatro años siguientes a su matriculación. Esto significa que no tendrás que preocuparte por la ITV hasta que tu vehículo de renting tenga 4 años.

A partir del cuarto año deberás presentar el vehículo para inspección técnica en la fecha que legalmente corresponda. Siempre que hayas contratado este servicio, los costes derivados de dicha inspección se considerarán incluidos dentro de la cuota mensual satisfecha, por lo que no facturaremos cantidad adicional alguna por este concepto.